viernes, 11 de octubre de 2013

Respuesta del Procurador del Común sobre las denuncias de la Policía Local

<![endif]-->

 Según nota publicada por el Ayuntamiento, el Procurador del Común de Castilla y León da la razón en todos los términos al consistorio cacabelense ante las denuncias  interpuestas ante esa institución por los agentes de la Policía Local relativas a sus condiciones laborales.

Hasta el Procurador del Común llegaron escritos de los agentes durante los meses de mayo y julio pasados en los que denunciaban habérseles encomendado funciones presuntamente impropias del colectivo. En otros se denunciaba la presunta “controversia laboral” con su jefe de policía actual, el Alcalde, referentes al establecimientos de turnos de trabajo, permisos,  vacaciones y otras.

Finalmente, continúa la nota de la Alcaldía, han sido suficientes, en opinión del Procurador, el número de reuniones negociadoras con los agentes con el representante sindical y el de su sindicato para abordar las “controversias laborales”.

Según la resolución recibida en el Ayuntamiento, el Procurador del Común  resuelve que no se detecta ningún tipo de irregularidad achacable a la Administración(Alcalde-Ayuntamiento) y añade que procede al archivo del expediente.

11 comentarios :

  1. Las resoluciones del procurador del comun no son vinculantes,de todas formas estara encantado alguien le da la razon.

    ResponderEliminar
  2. FUNCIONES DE LA POLICIA LOCAL
    Artículo 53. de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
    TÍTULO V

    De las Policías Locales
    1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
    a) Proteger a las autoridades de las corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
    b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
    c) Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
    d) Policía administrativa, en lo relativo a las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia. ( HACERLOS CUMPLIR )
    e) Participar en las funciones de policía judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
    f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de protección civil.
    g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad.
    h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la policía de las Comunidades Autónomas la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
    i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

    Nada de cobrar ferias, ni recaudaciones de báscula, entrega de notificaciones a ciudadanos, inserción de anuncios oficiales en tablones
    o es que el procurador no sabe leer………. porque no se ven en ningún apartado del articulo 53 dichas funciones…..¡¡¡¡
    y trabajar festivos y domingos por la “cara” y los asuntos propios y las vacaciones las doy cuando me sale de los huevos a los Policias….. y al resto cuando quieran….. que estamos optimizando los servicios.

    ResponderEliminar
  3. Disfruten de lo votado.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. ¿ A quien se lo dices , a los que votaron al PP o a los que votaron a IU ? , porque resultaron los mismo . Paradojas de la vida , al final solo acertaron los que votaron al PSOE .

      Eliminar
  4. Antes de hablar, hay que conocer como están las cosas, pero con objetividad, es decir escuchando a las dos partes(policías y ayuntamiento), de todos modos, decir que las resoluciones del PROCURADOR (preguntar a cualquier abogado), no son vinculantes, porque no recibe DENUNCIAS, si no QUEJAS, de ahí que sus resoluciones no sean más que un mero tramite, o tirón de orejas.

    ResponderEliminar
  5. Para entender parte del problema de la Policía Local de Cacabelos, es importante conocer sus obligaciones y derechos y para ello sería bueno conocer la legalidad:
    Ley Orgánica 2/1986 y entre otros el artículo 5.
    Ley 7/ 1985 Reguladora de Bases de Régimen Local.
    Ley 9/2003 de Castilla y León, entre otros artículos 6, 25 y 26.
    Decreto 84/2005 de Castilla y León, entre otros artículos 10, 15 a 33 y 119.
    Ley Orgánica 4/2010.
    Veamos si la Policía Local de Cacabelos cumple con los requisitos, con sus deberes y derechos, igual cuando analicemos todo esto se nos aclaren muchas cosas, y comprendamos parte del problema que tienen los policías locales de nuestro municipio. Igual quieren ser policías para lucir uniforme, placa y pistola y luego les queda grande ser miembros de Fuerzas y Seguridad (Policías Locales).

    ResponderEliminar
  6. Yo lo veo todo muy simple,llevamos una tenporada en sevicio con un solo policia municipal, y el pueblo va de maravilla eso quiere decir que sobran los otros tres ,(que encima les estamos pagando y se estan riendo de nosotros),hay un problema que no se les puede echar pero si se les puede mandar a otro municipio que necesiten policia local,y asi todos contentos, y los pequeños municipios que los acojan que lo tomen con mucha paciencia,pues quien nace vago es vago en todo el pais y estos lo han demostrado . Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Tu cultura demuestra a que altura están tus comentarios , 1 + 1 son 2 , pero ya vemos que no sabes contar ni los policías que están trabajando .

      Y antes de "B" y "P" se escribe "M" no "N" .

      Eliminar
    2. Estimado analfabeto, eres la excepción que confirma la regla ¿QUE EL PUEBLO VA DE MARAVILLA?, jajaja.
      Y tienes razón, enviamos dos policias a Ponferrada(como ya viven allí), otro lo jubilamos y el otro que trabaje como lo chinos 365 días al año, ¿estarías contento?.
      Pues te cuento lo mejor, con ese dinero metemos otras 4 dedicaciones exclusivas y todos "los tuyos" contentos.

      Eliminar
  7. Yo tambien soy de Cacabelos y esto no se veía desde hace años, en la calle hay poca libertad, todos mirando alrededor cuando se habla, LES QUEDA AÑO Y MEDIO Y LUEGO FUERA.

    ResponderEliminar
  8. Hola y hoy por que no sacas en el superblog, que sale en la prensa que el alcalde ha sido imputado por falsedad documental........... ( diario de leon).....se te ve le plumero....y mucho, cambia de nombre al blog y ponle desde " La Ventana del Alcalde" ....veo lo que quiero y pongo lo que me interesa¡¡¡¡¡¡¡ ( o lo que me dicen que ponga o no )

    ResponderEliminar